Desde el 1 de Marzo, Supermercados, hoteles y casas de electrodomésticos, entre otros comercios, y también los “individuos”, podrán comprar y vender divisas, anunció el Banco Central.
El Banco Central (BCRA) aprobó una medida que habilitará a empresas, comercios (de cualquier sector) y personas físicas a participar en el mercado cambiario. El único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”.
El Central indicó en un comunicado que «El nuevo marco normativo para la actividad cambiaria tiene el objeto de brindar mayor competencia y transparencia al mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes».
Las personas físicas, para participar como agentes de cambio, deben constituir una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).
Con esta medida, una cadena de electrodomésticos, un hotel, un supermercado, o cualquier otro comercio podrá agregar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo una persona física. El BCRA también señala que «se facilita así el acceso al cambio, en particular para los turistas extranjeros».
SILVIA dice
BUEN DÍA
CÓMO ES EL TRAMITE QUE DEBO REALIZAR COMO PERSONA FÍSICA?
Y DÓNDE LO DEBO REALIZAR?
NO TENGO CLORO QUE SIGNIFICA INSCRIBIRME EN EL REGISTRO DE OPERADORES DE CAMBIO.
ME PUEDEN DAR EJEMPLOS?
NECESITO MÁS INFORMACIÓN DONDE ME ACLARE: SI ES NECESARIO DECLARAR LA PRECEDENCIA DE LOS DOLARES?
GRACIAS,
InfoDolar dice
Hola Silvia, te dejo el link de una nuestras notas donde se indica cuáles son los pasos necesarios para inscribirse en el Registro de operadores del Banco Central: http://www.infodolar.com/blog/index.php/como-anotarse-en-el-registro-de-operadores-de-cambio-del-bcra/